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Inversión Azteca Creciente

Es una cuenta de depósitos a la vista, con disponibilidad inmediata, que te paga intereses crecientes con los que obtendrás el mejor rendimiento para tu inversión

Beneficios

  • Tu dinero siempre disponible
  • Tu decides la permanencia de tu inversión según tus necesidades
  • Recibes la mejor tasa de interés, inicias con 2.50% y puedes recibir hasta el 6.50% de interés
  • Te permite realizar depósitos adicionales empezando con la tasa inicial
  • Sin penalización por retiros anticipados
  • Reinversión automática
  • Sistema de seguridad con huella digital y banca en línea sin costo

Requisitos*

Personas nacionales


  • Documento Oficial de Identificación DPI 
  • Monto mínimo de apertura Q3,000

Personas extranjeras


  • Pasaporte vigente con residencia temporal registrada dentro del pasaporte o DPI para extranjeros nacionalizados guatemaltecos.
  • Monto mínimo de apertura Q3,000

Depósitos adicionales

Se pueden realizar depósitos adicionales en cualquier momento aumentando el saldo total de la cuenta. Cada uno de los depósitos adicionales empezará con la tasa inicial, pero todos serán liquidados el mismo día que el depósito inicial y vencen en la misma fecha.
El interés del periodo se calcula sobre el saldo promedio de cada depósito.



Comisiones

Inversión Azteca Creciente

Concepto Comisión
Monto mínimo de apertura Q.3000.00
Comisión por no cubrir Saldo Mínimo Mensual Q. 10.00
Compras en establecimientos No Aplica
Saldo promedio a mantener para el pago de rendimientos No Aplica
Reposición de Tarjeta de Débito del titular o Autorizados (en caso de robo o extravío) No Aplica
Cheque de otro banco depositado y devuelto No Aplica
Estado de cuenta adicional (uno gratis al mes en nuestras sucursales) Q.15.00
Retiros en cajeros ajenos Q.0.00
Consulta de saldos en cajeros ajenos No Aplica
Consulta de saldos en cajeros de Banco Azteca No aplica
Transferencias ACH hacia otros bancos (Desde Portal de internet) Q. 10.00
Transferencias ACH hacia otros Bancos (Desde Agencias) Q. 25.00
Conoces la Ley FATCA »

Tabla de tasas